Julián Grimau García fue político comunista español, nacido en Madrid en 1911 y fusilado en la misma ciudad en 1963.
En su juventud militó en Izquierda Republicana. Al estallar la guerra civil, ingresó en el Partido Comunista de España (PCE). Pasó la guerra en Barcelona, donde se dedicó a labores policiales (su padre, Enrique Grimau, había sido inspector de policía). Al ser derrotada la República, se exilió a Latinoamérica, estableciéndose posteriormente en Francia. Fue uno de los dirigentes del PCE durante la época franquista. En 1954, durante el congreso del partido celebrado en Praga, fue elegido miembro de su comité central. A partir de 1959 se haría cargo de la dirección del partido "en el interior", es decir, en España, donde tuvo que residir clandestinamente a lo largo de varios periodos.
Su actividad le hizo ser una de las personas más buscadas por la policía española. Tras su detención, fue juzgado por sus crímenes y fue fusilado por el régimen franquista.
La prensa internacional volcó su atención sobre el caso Grimau y hubo manifestaciones multitudinarias en varias capitales europeas y latinoamericanas. Más de 800.000 telegramas llegaron a Madrid pidiendo la paralización de lo que consideraban un juicio farsa. Aún hoy, numerosas ciudades de todo el mundo honran al madrileño con calles y edificios oficiales que llevan su nombre.
El escritor y periodista de extensa trayectoría en el franquismo, Emilio Romero Gómez (Arévalo, Ávila, 1917 - Madrid, 2003) recogió en su libro Los papeles reservados, (diciembre 1985) una serie de documentos de testigos que aún vivían y recordaban las torturas realizadas por Julián Grimau en Barcelona durante la Guerra Civil. El periodista recoge testimonios directos de personas torturadas por Grimau. En ellos, se acusa a Grimau de torturas tan salvajes como palizas, aplicación de descargas eléctricas en los testículos, obligación de ingesta de los propios orines, entre otras. La única fuente localizada de este relato se encuentra en la página web de la Fundación Francisco Franco.
viernes, 19 de junio de 2009
Lluís Companys.
En las elecciones municipales del 12 de abril de 1931 es elegido concejal del Ayuntamiento de Barcelona por Esquerra Republicana de Catalunya. A mediodía del 14 de abril accedió, con Amadeu Aragay, Lluhí i Vallesà y otros al balcón del Ayuntamiento y proclamó la República en Cataluña, deponiendo al alcalde accidental Antonio Martínez Domingo.
El 16 de abril de 1931 fue nombrado gobernador civil de Barcelona, cargo que ocupó hasta el mes de mayo en que fue sustituido por Carles Esplà.
El 28 de junio de 1931, con motivo de las Elecciones generales españolas de 1931, fue elegido diputado por Barcelona. Ejercerá la jefatura en las Cortes españolas del grupo parlamentario de Esquerra, interesándose por la aprobación del Estatuto de autonomía de Cataluña, conocido como Estatuto de Nuria, con el mayor nivel posible de autogobierno, la agilización de los traspasos competenciales y la legislación agraria.
El 20 de noviembre de 1932, con motivo de las elecciones al Parlamento de Cataluña de 1932, fue elegido diputado del Parlamento de Cataluña por Sabadell. Posteriormente, el 19 de diciembre de 1932, fue elegido primer presidente del Parlamento de Cataluña.
Companys simultaneó las actas de diputado en las Cortes españolas y en el Parlamento de Cataluña que presidía hasta mediados de 1933, cuando abandonó la presidencia del parlamento catalán para integrarse en el gobierno de la Segunda República Española. Entre junio y noviembre de 1933, además, ocupó el cargo de Ministro de la Marina.
Al mismo tiempo, continuando con su afición a los trabajos en la prensa escrita que había iniciado en su juventud, desde noviembre de 1931 hasta enero de 1934 dirigió La Humanitat, el órgano oficial de ERC.
Tras la muerte de Francesc Macià, el 1 de enero de 1934 fue nombrado Presidente de la Generalidad de Cataluña. Durante el año 1934 impulsó la polémica Ley de Contratos de Cultivo, que le enfrentó con los grandes propietarios y con el Gobierno central.
Tras la entrada en el gobierno de la República de la Confederación Española de Derechas Autónomas (CEDA) y al convocarse la huelga revolucionaria de otoño en todo el país, el 6 de octubre de 1934 proclamó el "Estado Catalán" dentro de la República Federal Española desde el balcón de la Generalidad. Tras la intervención militar dirigida por el comandante en jefe de la cuarta división orgánica, el general Batet, Companys fue detenido junto con el gobierno en pleno y encarcelado en el buque Uruguay, fondeado en el puerto de Barcelona. Suspendido el Estatuto de autonomía de Cataluña es trasladado a Madrid, donde fue juzgado y condenado por rebelión el 6 de junio de 1935 por el Tribunal de Garantías Constitucionales, por diez votos a favor y ocho en contra, junto a todo el Gobierno catalán, a treinta años de reclusión mayor e inhabilitación absoluta. Posteriormente se le trasladó al penal de El Puerto de Santa María (Cádiz).
Liberado en 1936 tras la victoria del Frente Popular, en previsión de un posible golpe militar nombró al capitán Frederic Escofet como Comisario General de Orden Público de Cataluña.
Tras el fracaso del golpe de Estado del 18 de julio en Barcelona, Companys decidió dejar partir por el puerto de Barcelona en barcos extranjeros a unas cinco mil personas sospechosas de poca simpatía con el régimen republicano cuya seguridad no podía garantizar en el clima de desbordamiento por la gran cantidad de asesinatos que se produjeron en la retaguardia en los días posteriores.
Durante toda la guerra encabezó el Gobierno de Cataluña tratando de mantener la unidad entre los partidos y sindicatos que le apoyaban. Sin embargo, esto fue muy difícil por las tensiones entre comunistas y socialistas agrupados en el Partit Socialista Unificat de Catalunya y anarquistas de la Confederación Nacional del Trabajo, apoyados estos últimos por el POUM.
A partir de octubre de 1937 se sucedieron sus enfrentamientos con el Gobierno republicano de Juan Negrín, instalado en Barcelona, y en abril de 1938, tras la ocupación de Lérida, escribió una amarga carta al presidente del Gobierno español, quejándose de las arbitrariedades que estaba cometiendo y de la marginación que sufría el Gobierno catalán.
Tras la ocupación de Cataluña por las tropas franquistas, el 5 de febrero de 1939 se exilió a Perpiñán (Francia), trasladándose después a París para trabajar en la representación en el exilio de la Generalidad (Consell Nacional de Catalunya). Terminó sus días en La Baule-les-Pins (Loire-Atlantique) manteniéndose en Francia pese al peligro que corría en un intento por no perder el contacto con su hijo Lluís Companys i Micó (1911-1956), que padecía una grave enfermedad mental. Este hijo había sido fruto de su primer matrimonio con Mercè Micó, de la que se divorció para casarse con Carme Ballester, su segunda y última esposa. Fue allí donde fue arrestado por agentes alemanes de la Gestapo el 13 de agosto y extraditado el 29 de agosto de 1940.
La entrega al gobierno del general Franco se realizó a través de la frontera de Irún. Como había sido juzgado en rebeldía en aplicación retroactiva de la Ley de Responsabilidades Políticas (Conocida como la ley de la justicia al revés) por un tribunal especial de Barcelona sólo tuvo que ser juzgado y sentenciado por Adhesion a la rebelión militar, en una jornada en consejo de guerra por un tribunal militar sumarísimo sin garantías.
El 16 de abril de 1931 fue nombrado gobernador civil de Barcelona, cargo que ocupó hasta el mes de mayo en que fue sustituido por Carles Esplà.
El 28 de junio de 1931, con motivo de las Elecciones generales españolas de 1931, fue elegido diputado por Barcelona. Ejercerá la jefatura en las Cortes españolas del grupo parlamentario de Esquerra, interesándose por la aprobación del Estatuto de autonomía de Cataluña, conocido como Estatuto de Nuria, con el mayor nivel posible de autogobierno, la agilización de los traspasos competenciales y la legislación agraria.
El 20 de noviembre de 1932, con motivo de las elecciones al Parlamento de Cataluña de 1932, fue elegido diputado del Parlamento de Cataluña por Sabadell. Posteriormente, el 19 de diciembre de 1932, fue elegido primer presidente del Parlamento de Cataluña.
Companys simultaneó las actas de diputado en las Cortes españolas y en el Parlamento de Cataluña que presidía hasta mediados de 1933, cuando abandonó la presidencia del parlamento catalán para integrarse en el gobierno de la Segunda República Española. Entre junio y noviembre de 1933, además, ocupó el cargo de Ministro de la Marina.
Al mismo tiempo, continuando con su afición a los trabajos en la prensa escrita que había iniciado en su juventud, desde noviembre de 1931 hasta enero de 1934 dirigió La Humanitat, el órgano oficial de ERC.
Tras la muerte de Francesc Macià, el 1 de enero de 1934 fue nombrado Presidente de la Generalidad de Cataluña. Durante el año 1934 impulsó la polémica Ley de Contratos de Cultivo, que le enfrentó con los grandes propietarios y con el Gobierno central.
Tras la entrada en el gobierno de la República de la Confederación Española de Derechas Autónomas (CEDA) y al convocarse la huelga revolucionaria de otoño en todo el país, el 6 de octubre de 1934 proclamó el "Estado Catalán" dentro de la República Federal Española desde el balcón de la Generalidad. Tras la intervención militar dirigida por el comandante en jefe de la cuarta división orgánica, el general Batet, Companys fue detenido junto con el gobierno en pleno y encarcelado en el buque Uruguay, fondeado en el puerto de Barcelona. Suspendido el Estatuto de autonomía de Cataluña es trasladado a Madrid, donde fue juzgado y condenado por rebelión el 6 de junio de 1935 por el Tribunal de Garantías Constitucionales, por diez votos a favor y ocho en contra, junto a todo el Gobierno catalán, a treinta años de reclusión mayor e inhabilitación absoluta. Posteriormente se le trasladó al penal de El Puerto de Santa María (Cádiz).
Liberado en 1936 tras la victoria del Frente Popular, en previsión de un posible golpe militar nombró al capitán Frederic Escofet como Comisario General de Orden Público de Cataluña.
Tras el fracaso del golpe de Estado del 18 de julio en Barcelona, Companys decidió dejar partir por el puerto de Barcelona en barcos extranjeros a unas cinco mil personas sospechosas de poca simpatía con el régimen republicano cuya seguridad no podía garantizar en el clima de desbordamiento por la gran cantidad de asesinatos que se produjeron en la retaguardia en los días posteriores.
Durante toda la guerra encabezó el Gobierno de Cataluña tratando de mantener la unidad entre los partidos y sindicatos que le apoyaban. Sin embargo, esto fue muy difícil por las tensiones entre comunistas y socialistas agrupados en el Partit Socialista Unificat de Catalunya y anarquistas de la Confederación Nacional del Trabajo, apoyados estos últimos por el POUM.
A partir de octubre de 1937 se sucedieron sus enfrentamientos con el Gobierno republicano de Juan Negrín, instalado en Barcelona, y en abril de 1938, tras la ocupación de Lérida, escribió una amarga carta al presidente del Gobierno español, quejándose de las arbitrariedades que estaba cometiendo y de la marginación que sufría el Gobierno catalán.
Tras la ocupación de Cataluña por las tropas franquistas, el 5 de febrero de 1939 se exilió a Perpiñán (Francia), trasladándose después a París para trabajar en la representación en el exilio de la Generalidad (Consell Nacional de Catalunya). Terminó sus días en La Baule-les-Pins (Loire-Atlantique) manteniéndose en Francia pese al peligro que corría en un intento por no perder el contacto con su hijo Lluís Companys i Micó (1911-1956), que padecía una grave enfermedad mental. Este hijo había sido fruto de su primer matrimonio con Mercè Micó, de la que se divorció para casarse con Carme Ballester, su segunda y última esposa. Fue allí donde fue arrestado por agentes alemanes de la Gestapo el 13 de agosto y extraditado el 29 de agosto de 1940.
La entrega al gobierno del general Franco se realizó a través de la frontera de Irún. Como había sido juzgado en rebeldía en aplicación retroactiva de la Ley de Responsabilidades Políticas (Conocida como la ley de la justicia al revés) por un tribunal especial de Barcelona sólo tuvo que ser juzgado y sentenciado por Adhesion a la rebelión militar, en una jornada en consejo de guerra por un tribunal militar sumarísimo sin garantías.
Víctimas Guerra civil.
A la sublevación del 18 de julio de 1936 en España, siguió de forma casi inmediata una brutal represión ejercida desde ambos bandos que, persiguiendo la eliminación física de adversario, produjo decenas de miles de muertes.
Estudios, basados en evoluciones demográficas, cifran en 540.000 la sobremortalidad de los años de la Guerra Civil y la inmediata postguerra, y en 576.000 la caída de la natalidad. La estimación de víctimas mortales en la Guerra Civil Española consecuencia de la represión puede cifrarse en 220.000 personas. De ellas, se calcula en unas 50.000 las asesinadas en la retaguardia de la zona republicana y unas 130.000 en la retaguardia de la zona franquista, a las que hay que añadir unos 40.000 muertos en la represión que siguió a la Guerra Civil. Estas estimaciones, aun hoy, 2008, están sometidas a revisión; aunque las víctimas producidas por el bando republicano fueron bien identificadas, las producidas por los sublevados, habiendo sido ignoradas durante el franquismo, hoy existen dificultades para cuantificarlas e identificarlas.
Estudios, basados en evoluciones demográficas, cifran en 540.000 la sobremortalidad de los años de la Guerra Civil y la inmediata postguerra, y en 576.000 la caída de la natalidad. La estimación de víctimas mortales en la Guerra Civil Española consecuencia de la represión puede cifrarse en 220.000 personas. De ellas, se calcula en unas 50.000 las asesinadas en la retaguardia de la zona republicana y unas 130.000 en la retaguardia de la zona franquista, a las que hay que añadir unos 40.000 muertos en la represión que siguió a la Guerra Civil. Estas estimaciones, aun hoy, 2008, están sometidas a revisión; aunque las víctimas producidas por el bando republicano fueron bien identificadas, las producidas por los sublevados, habiendo sido ignoradas durante el franquismo, hoy existen dificultades para cuantificarlas e identificarlas.
Pena de muerte.
La pena capital o pena de muerte consiste en la ejecución de un condenado por parte del Estado, como castigo por un delito establecido en la legislación; los delitos a los cuales se aplica esta sanción penal suelen denominarse «crímenes» o «delitos capitales».
La ejecución de criminales y disidentes políticos ha sido empleada por casi todas las sociedades en un momento u otro de su historia, tanto para castigar el crimen como para suprimir la disensión política. Actualmente el uso de la pena de muerte ha sido abolido en casi todos los países europeos (excepto Bielorrusia), y la mayoría de los correspondientes a Oceanía (como Australia, Nueva Zelanda y Timor Oriental). En América, Canadá y la mayoría de países latinoamericanos han abolido completamente la pena de muerte, mientras que los Estados Unidos de América, Guatemala y la mayoría de los estados del Caribe la mantienen en vigor, y Brasil la contempla como castigo en situaciones excepcionales, como por ejemplo para castigar la traición cometida en tiempo de guerra. En Asia la pena de muerte está permitida en democracias como Japón e India. En África, se aplica aún la pena de muerte en democracias como Botswana y Zambia.
En muchos países donde aún se aplica la pena de muerte, se la reserva como castigo para crímenes de asesinato, espionaje, traición, o como parte del Derecho militar. En algunos países se aplica también para castigar delitos sexuales, siendo considerados como tales el adulterio o la sodomía. También se castiga con pena de muerte en otros países la apostasía, la renuncia formal a la propia religión. En muchas naciones «retencionistas» (es decir, países que aún aplican la pena de muerte), el narcotráfico es también susceptible de ser castigado con la pena de muerte. En China, el tráfico de personas y los casos graves de corrupción política son castigados con la pena de muerte. En algunos países la pena de muerte se utiliza por motivos políticos, con la máxima difusión posible, como «escarmiento» de masas: en 2007 en Corea del Norte el director de una empresa fue ejecutado públicamente en un estadio deportivo, ante 150.000 personas como castigo por haber realizado llamadas telefónicas al extranjero.
En las fuerzas armadas de todo el mundo, las cortes marciales y consejos de guerra han aplicado la pena capital en delitos de cobardía, deserción, insubordinación y motín. El tema de la pena de muerte es muy controvertido. Los partidarios de la misma argumentan que su aplicación reduce el delito, previene su repetición y es una forma de castigo adecuada para el asesinato. Los detractores argumentan que no reduce el crimen en mayor medida que la cadena perpetua, resulta una violación de los derechos humanos, conduce a ejecuciones de algunos inocentes y supone una discriminación de hecho contra las minorías y los pobres que puedan no tener recursos suficientes en el sistema legal.
Según el informe anual de ejecuciones judiciales de Amnistía Internacional, en el año 2003 fueron ejecutadas al menos 1.146 personas en 28 países. El 84% de las muertes documentadas ocurrieron en cuatro países: la República Popular China llevó a cabo 726 ejecuciones, Irán mató a 108 personas, Estados Unidos a 65 y Vietnam a 64. La última nación en abolir la pena de muerte para todos los crímenes ha sido Albania, a principios del 2007.
El uso de la ejecución formal como castigo se remonta prácticamente a los principios mismos de la historia escrita. Muchos registros históricos, así como prácticas tribales primitivas, indican que la pena de muerte ha sido parte de los sistemas judiciales desde el principio de la existencia de los mismos; los castigos comunitarios incluían generalmente compensación por parte del infractor, castigo corporal, repudio, exilio y ejecución. Sin embargo, en comunidades pequeñas los crímenes suelen ser raros, y el asesinato resulta ser casi siempre un crimen pasional. Por esa razón las ejecuciones y el exilio solían ser castigos muy infrecuentes. Usualmente se solía emplear la compensación o el repudio.
Sin embargo, estas no son respuestas eficaces cuando el crimen es cometido por individuos ajenos a la comunidad. En consecuencia, todo crimen, por pequeño que fuera, tendía a ser considerado como un ataque a toda la comunidad si era cometido por un extranjero, y era castigado con severidad. Los métodos variaban, desde palizas hasta esclavitud o ejecución. Sin embargo, la respuesta a crímenes cometidos por tribus o comunidades vecinas incluían disculpas formales, compensaciones o incluso vendettas.
Cuando no existe un sistema de arbitraje entre familias o tribus, o, existiendo, dicho sistema falla, se producen disputas familiares o «vendettas». Esa forma primitiva de justicia era común antes de la aparición de los sistemas de arbitraje basados en Estados o en la religión organizada. Podía desembocarse en su uso por crímenes, disputas de tierra o la aplicación de códigos de honor: «Los actos de venganza resaltan la habilidad del colectivo social de defenderse a sí mismo, y demuestran a sus enemigos (así como a los aliados potenciales) que los daños a las propiedades, derechos o personas miembros de dicho colectivo no quedarán impunes». Sin embargo, en la práctica suele ser difícil distinguir entre una guerra de venganza, pensada como castigo por una ofensa, y una de conquista.
Las formas más elaboradas de arbitraje de discusiones incluían condiciones y tratados de paz hechos con frecuencia dentro de un contexto religioso, con un mecanismo de compensación también de base religiosa. Se basaba la compensación en el principio de «sustitución», que podía incluir compensaciones materiales (en ganado o esclavos), intercambio de novias o novios, o pago de la deuda de sangre. Las normas de cada tribu o sociedad podían permitir que se pagara la sangre humana derramada con sangre animal, que se compensara con dinero de sangre, o en algunos casos, exigir el pago mediante el ofrecimiento de un ser humano para su ejecución. La persona ofrecida no tenía porqué ser el perpetrador original del crimen, ya que el sistema se basaba en las tribus, no en los individuos. Las disputas de sangre podían ser resueltas en reuniones periódicas, como en los Things vikingos. A pesar de su origen primitivo, los sistemas basados en disputas de sangre pueden sobrevivir de forma paralela a otros sistemas legales más modernos, o ser incluso aceptados en juicios (por ejemplo el caso de los juicios por combate). Una de las formas modernas más refinadas de la disputa de sangre es el duelo.
En ciertas partes del mundo emergieron naciones con la forma de repúblicas, monarquías u oligarquías tribales. Estas naciones solían unirse mediante lazos comunes lingüísticos, religiosos o familiares. La expansión de este tipo de naciones solía darse por conquista de tribus o naciones vecinas. En consecuencia, emergieron varias clases de realeza, nobleza, ciudadanía y esclavitud, por lo que los sistemas de arbitraje tribal tuvieron que modernizarse para formar un sistema de justicia que formalizara la relación entre las distintas «clases» dentro de la misma sociedad, en lugar de entre distintas «tribus» relativamente independientes. El primer y más famoso sistema de justicia conocido para este nuevo tipo de justicia es el Código de Hammurabi, que establecía penas y compensaciones de acuerdo con las distintas clases o grupos sociales de las víctimas y los infractores.
La Torá (ley judía), también conocida como el Pentateuco (el conjunto de los cinco primeros libros del Antiguo Testamento cristiano), establece la pena de muerte para el homicidio, el secuestro, la magia, la violación del shabat, la blasfemia y una amplia gama de crímenes sexuales, aunque la evidencia sugiere que las ejecuciones en realidad eran raras. Tenemos otro ejemplo en la Antigua Grecia, en la que el sistema legal ateniense fue escrito por primera vez por Dracón hacia el 621 a. C.; en él, se aplicaba la pena de muerte como castigo por una lista bastante extensa de delitos (de ahí el uso moderno de «draconiano» para referirse a un conjunto de medidas especialmente duro). De manera similar, en la Europa medieval, antes del desarrollo de los modernos sistemas de prisiones, la pena de muerte se empleaba de manera generalizada. Por ejemplo, en los años 1700 en el Reino Unido había 222 crímenes castigados con la pena capital, incluyendo algunos como cortar un árbol o robar un animal. Sin embargo, casi invariablemente las sentencias de muerte por crímenes contra la propiedad eran conmutadas a penas de traslado a una colonia penal, o algún otro lugar donde el recluso debía trabajar en condiciones muy cercanas a la esclavitud.
A pesar de lo extendido de su uso, no eran extrañas las proclamas a favor de su reforma. En el siglo XII, el académico sefardí Maimonides escribió: «Es mejor y más satisfactorio liberar a un millar de culpables que sentenciar a muerte a un solo inocente».
Maimónides argumentaba que ejecutar a un criminal basándose en cualquier cosa menos firme que una certeza absoluta llevaba a una pendiente resbaladiza de onus probandi decreciente, hasta que al final se estaría condenando a muerte «de acuerdo con el capricho del juez». Su preocupación era el mantenimiento del respeto popular por la ley, y bajo ese punto de vista, creía que eran mucho más dañinos los errores por comisión que los errores por omisión.
Los últimos siglos han sido testigos de la aparición de las modernas naciones-estado, que traen consigo el concepto fundamental e ineludible de «ciudadano». Eso ha provocado que la justicia se asocie cada vez más con la igualdad y la universalidad (la justicia se aplica a todos por igual), lo que en Europa supuso la emergencia del concepto de derecho natural. Otro aspecto importante es la emergencia de las fuerzas de policía e instituciones penitenciarias permanentes. En este contexto, la pena de muerte se ha ido convirtiendo en un factor disuasorio cada vez menos necesario para la prevención de delitos menores como el robo.
El siglo XX ha sido uno de los más sangrientos de la historia de la humanidad. Las guerras entre naciones-estado han supuesto la muerte de millones de personas, una gran parte de las cuales fallecieron a consecuencia de ejecuciones masivas, tanto de combatientes enemigos prisioneros como de civiles. Además, las organizaciones militares modernas han empleado la pena capital como médio para mantener la disciplina militar. En el pasado, la cobardía, la ausencia sin permiso, la deserción, la insubordinación y el pillaje eran crímenes que en tiempo de guerra solían castigarse con la muerte. El fusilamiento se convirtió en el principal método de ejecución en el ámbito militar desde la aparición de las armas de fuego. Así mismo, varios estados autoritarios: por ejemplo, varios con regímenes fascistas o comunistas: han usado la pena de muerte como un potente método de opresión política. En parte como reacción a este tipo de castigo excesivo, las organizaciones civiles han empezado durante este siglo a poner un énfasis creciente en el concepto de los derechos humanos y la abolición de la pena de muerte.
jueves, 18 de junio de 2009
Genocidio de Ruanda.
El Genocidio de Ruanda es un genocidio perpetrado en Ruanda en 1994 por parte de facciones de hutus, sobre tutsis y hutus moderados.
En abril de 1994 el asesinato del general Juvénal Habyarimana y el avance del Frente Patriótico Ruandés desencadena una multitud de masacres en el país contra los tutsis obligando a un desplazamiento masivo de personas hacia campos de refugiados situados en la frontera con los países vecinos, en especial el Zaire (hoy República Democrática del Congo). En agosto de 1995 tropas zaireñas intentan expulsar a estos desplazados a Ruanda. Catorce mil personas son devueltas a Ruanda, mientras que otras 150.000 se refugian en las montañas. Más de 800.000 personas fueron asesinadas y casi cada una de las mujeres que sobrevivieron al genocidio fueron violadas. Muchos de los 5.000 niños nacidos fruto de esas violaciones fueron asesinados.
Considerando todos los datos y testimonios que se poseen acerca del genocidio de Ruanda, hay que aclarar que éste no fue exactamente un genocidio de hutus por un lado contra tutsis, por otro, sino que una falange radical y mayoritaria de los hutus fue la que preparó el aniquilamiento masivo tanto de tutsis como también de hutus moderados u opositores del régimen del Habyarimana y cercanos al Frente Patriótico Ruandés (FPR). Por lo tanto, el genocidio no fue sólo de carácter étnico sino también político. Por otro lado no debemos olvidar que también hubo entre las víctimas miles de ciudadanos hutus muertos a manos del FPR. Diversos testimonios nos aclaran que también los militares del Frente Patriótico Revolucionario cometieron asesinatos masivos. Pese a todo, está claro que los tutsis fueron masacrados: se eliminó al 75% de su población durante el genocidio.
El ciudadano belga, Marcel Gérin, recuerda como él y su mujer quedaron atrapados por el conflicto. Fueron testigos de las matanzas indiscriminadas en la zona donde residían y pudieron constatar, al ser hechos prisioneros, cómo los que aparentemente parecían milicianos Interhamwes (radicales hutus) no eran sino mercenarios contratados por el ejército tutsi, los cuales realizaron, según Marcel Gérin, las mayores matanzas en la zona donde residían. Sin embargo, cualquier imagen que se tomara llevaba a creer que los autores eran las milicias hutus Interahamwes.
Milagrosamente y gracias a unos periodistas y a los cascos azules, tanto él como su mujer, lograron escapar de aquel infierno.
En abril de 1994 el asesinato del general Juvénal Habyarimana y el avance del Frente Patriótico Ruandés desencadena una multitud de masacres en el país contra los tutsis obligando a un desplazamiento masivo de personas hacia campos de refugiados situados en la frontera con los países vecinos, en especial el Zaire (hoy República Democrática del Congo). En agosto de 1995 tropas zaireñas intentan expulsar a estos desplazados a Ruanda. Catorce mil personas son devueltas a Ruanda, mientras que otras 150.000 se refugian en las montañas. Más de 800.000 personas fueron asesinadas y casi cada una de las mujeres que sobrevivieron al genocidio fueron violadas. Muchos de los 5.000 niños nacidos fruto de esas violaciones fueron asesinados.
Considerando todos los datos y testimonios que se poseen acerca del genocidio de Ruanda, hay que aclarar que éste no fue exactamente un genocidio de hutus por un lado contra tutsis, por otro, sino que una falange radical y mayoritaria de los hutus fue la que preparó el aniquilamiento masivo tanto de tutsis como también de hutus moderados u opositores del régimen del Habyarimana y cercanos al Frente Patriótico Ruandés (FPR). Por lo tanto, el genocidio no fue sólo de carácter étnico sino también político. Por otro lado no debemos olvidar que también hubo entre las víctimas miles de ciudadanos hutus muertos a manos del FPR. Diversos testimonios nos aclaran que también los militares del Frente Patriótico Revolucionario cometieron asesinatos masivos. Pese a todo, está claro que los tutsis fueron masacrados: se eliminó al 75% de su población durante el genocidio.
El ciudadano belga, Marcel Gérin, recuerda como él y su mujer quedaron atrapados por el conflicto. Fueron testigos de las matanzas indiscriminadas en la zona donde residían y pudieron constatar, al ser hechos prisioneros, cómo los que aparentemente parecían milicianos Interhamwes (radicales hutus) no eran sino mercenarios contratados por el ejército tutsi, los cuales realizaron, según Marcel Gérin, las mayores matanzas en la zona donde residían. Sin embargo, cualquier imagen que se tomara llevaba a creer que los autores eran las milicias hutus Interahamwes.
Milagrosamente y gracias a unos periodistas y a los cascos azules, tanto él como su mujer, lograron escapar de aquel infierno.
Antiglobalización.
El término antiglobalización o altermundismo se da a un conjunto de movimientos sociales formado por activistas provenientes de distintas corrientes políticas, surgido a nivel internacional a finales del siglo XX de la convergencia de estos en la crítica al llamado pensamiento único y a la globalización, que señalan como un proceso que, mientras beneficia a las multinacionales, acentúa la precarización del trabajo, consolida un modelo de desarrollo económico injusto e insostenible, y socava la capacidad democrática de los Estados, entre otros aspectos negativos.Generalmente, los activistas y simpatizantes mantienen una ideología izquierdista y colectivista, contraria al liberalismo económico (economía de mercado y comercio libre),exponiendo principalmente tesis estructuralistas (teoría de la dependencia y nacionalismo económico), comunitaristas o ecologistas, entre otras.
Existe cierta controversia sobre el término que define a este movimiento. Sus partidarios prefieren el término "altermundismo" o "alterglobalización" para evitar definirse por oposición y porque el término "antiglobalización" daría una imagen imprecisa y negativa. El nombre altermundismo viene precisamente del lema "Otro mundo es posible", nacido en el Foro Social Mundial, que reúne a movimientos de izquierda política.
Existe cierta controversia sobre el término que define a este movimiento. Sus partidarios prefieren el término "altermundismo" o "alterglobalización" para evitar definirse por oposición y porque el término "antiglobalización" daría una imagen imprecisa y negativa. El nombre altermundismo viene precisamente del lema "Otro mundo es posible", nacido en el Foro Social Mundial, que reúne a movimientos de izquierda política.
Grupos antisistemas.
El movimiento antisistema es una invención de los medios de comunicación burgueses que reflejan toda aquella posición disidente y subversiva ante el sistema actual imperante, como si se tratase de una tribu urbana más. Su base ideológica, según la prensa, es compleja, amplia y heterodoxa, donde antiglobalización, anticapitalismo e inconformismo militante se nutren de diversas ideologías, movimientos cívicos y éticos, asociaciones e incluso partidos políticos. Cualquier movimiento que busque una confrontación o un cambio ante las instituciones establecidas puede ser denominado antisistema por los medios de comunicación.
Las fuerzas democráticas denominan "grupos antisistema" a los grupos y asociaciones de personas descontentos o en desacuerdo con el orden republicano tradicional, y de varias de sus instituciones sociales, políticas o económicas, y que desean de algún modo cambiarlo, y que lo demuestran mediante las protestas callejeras o actividades fuera del mainstream político o social.
Estos grupos denominados antisistema pueden ser variados y de un amplio espectro (extrema izquierda o extrema derecha, entre otros). Sin embargo, al igual que en el movimiento antiglobalización, suelen confluir y coincidir en el tipo de acciones y actividades, así como posicionamientos y actitudes tales como las manifestaciones.
Las fuerzas democráticas denominan "grupos antisistema" a los grupos y asociaciones de personas descontentos o en desacuerdo con el orden republicano tradicional, y de varias de sus instituciones sociales, políticas o económicas, y que desean de algún modo cambiarlo, y que lo demuestran mediante las protestas callejeras o actividades fuera del mainstream político o social.
Estos grupos denominados antisistema pueden ser variados y de un amplio espectro (extrema izquierda o extrema derecha, entre otros). Sin embargo, al igual que en el movimiento antiglobalización, suelen confluir y coincidir en el tipo de acciones y actividades, así como posicionamientos y actitudes tales como las manifestaciones.
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